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2025.SUBSANACIÓN JUSTIFICACIÓN SUBVENCIONES ASOC. DE MUJERES DEL CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES

Fin Plazo Subsanación [09/06/2026]

Diputación Provincial de Almería

Área de Bienestar Social, Igualdad y Familia

Servicio Jurídico y Administrativo de Igualdad y Familia

Subvenciones y Ayudas - Asociaciones - SUBSANACIÓN JUSTIFICACIÓN SUBVENCIONES ASOC. DE MUJERES DEL CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES 2025

Publicado: 25/05/2026


ANUNCIO PARA SUBSANACIÓN DE JUSTIFICACIONES.

SUBVENCIONES 2025 DIRIGIDA A ENTIDADES ASOCIATIVAS PERTENECIENTES AL CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES.


Transcurrido el plazo para justificar las subvenciones concedidas a las asociaciones pertenecientes al Consejo Provincial de Mujeres se han apreciado, en algunas justificaciones, defectos subsanables.

Conforme a lo dispuesto en las Base 18.1 apartado c) de la Convocatoria (BOP nº 153, 12.08.2025), por medio del presente anuncio, se requiere a las entidades citadas a continuación para que SUBSANEN SU JUSTIFICACIÓN tal como se indica en el cuadro adjunto.

La subsanación de la justificación se presentará de forma electrónica a través de la Oficina Virtual de la Diputación Provincial de Almería (https://www.dipalme.org, Sede electrónica / Subvenciones y Ayudas / JUSTIFICACIÓN de subvenciones o ayudas).

Plazo de subsanación: 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a la presente publicación. La no subsanación en el plazo concedido lleva consigo las responsabilidades establecidas en la normativa de subvenciones.

MUNICIPIO.
ASOCIACIÓN DE MUJERES.
SUBSANACIÓN REQUERIDA
ABLA. ALALBA.
Base.18.2 letra f.2. Debe indicar motivo de la exención conforme al art. 20 de la Ley de IVA.
ALMERÍA. MUJERES BÚLGARAS EN ALMERÍA “ROSA BLANCA”.
1. Base.18.2 letra f. g. respecto a los pagos realizados con tarjeta de acuerdo a la B.18.2.g apart.c) debe acompañar la declaración expresa tal como se detalla en las bases.
2. Debe justificar facturas por importe de 18,99€.
3. Aclarar concepto factura y justificante de pago por importe de 5,70€.
ALMÓCITA. FUENTE DE LOS NARANJOS
Justifica por importe de 1728,96€ debe justificar el restante de la subvención de 1800€, es decir, 71,04€
EL EJIDO. LA ALDEILLA.
Debe aportar el anexo III
HUÉCIJA. LOS MOLINICOS
Debe aportar el anexo III
LUBRIN. LOS TRES PEÑONES.
Base.18.2 letra f. Debe detallar concepto en factura.
LUCAINENA DE LAS TORRES. PUNTOS Y PUNTADAS.
Base.18.2 letra f. (detalle de los conceptos). Descripción clara y precisa de los conceptos facturados que deberán estar directamente asociados a la actividad subvencionada:
1. Restaurante La Troje (Número de comensales, precio del menú, fecha del acto).

2. Bolpasur impresores, S.L.

VERA. AFIVE.
1. Base.18.2 letra f.2. Debe indicar motivo de la exención conforme al art. 20 de la Ley de IVA en la factura A167-A011.

2. Debe reflejar en la cuenta justificativa la factura por importe 70euros y justificante de pago.

3. Debe presentar justificante de pago por importe de 105€.

VIATOR. MUJERES EN IGUALDAD.
Base 18.2.g. Debe acreditar los siguientes pagos:
1. “Amanecer churrería y chocolatería Francisco Javier Barranco Rodríguez de 15€.

2. “Cafetería pastelería Diferente Elena Rodríguez del Río” de 45,50€.

3. “Mundo Asia” Half store de 33.50€.

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